5. Derecho a la salud. ODS y Política de Medicamentos en Guatemala

 - agosto 28, 2020


¿Qué estándares, sobre el derecho a la salud,  deben incluirse según el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU?

La base primordial de las actividades de las Naciones Unidas encaminadas a promover,proteger y vigilar la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales es la Carta Internacional de Derechos Humanos, que es un conjunto integrado por tres textos: la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) creado por el comité del mismo y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y sus dos protocolos optativos

El reconocimiento del derecho a la salud no significa evidentemente que sus beneficiarios tengan derecho a estar sanos. El Pacto subraya, más bien, la obligación de los Estados Partes de asegurar a sus ciudadanos el disfrute "del más alto nivel posible de salud". El artículo 12, por lo tanto, hace hincapié en el acceso equitativo a la asistencia sanitaria y a unas garantías mínimas de asistencia sanitaria en caso de enfermedad. 

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha dedicado cada vez más esfuerzos a esclarecer el derecho a la salud y vigilar su cumplimiento. Ha mantenido un debate general sobre ese tema y ha adoptado una observación general sobre los derechos de las personas con discapacidad (Observación general Nº 5 (1994). El Comité también ha prestado en los últimos años atención creciente a los derechos de las personas infectadas por el VIH y de los enfermos de SIDA

Los estándares o aspectos esenciales que deben contemplarse respecto a la salud son: 

1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para:

        a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños;

        b) El mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente;

        c) La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas,profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas;

        d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.

Políticas de medicamentos, situación en el país

En Guatemala el 21 de noviembre de 2019, se publica el Acuerdo Ministerial Número 279-2019 junto con la Política Nacional de Medicamentos-(link adjunto). En este artículo se aprueba la "Política Nacional de Medicamentos y Otras Tecnologías de Salud de la República de Guatemala" que a pesar de ya haber entrado en vigencia desde el año pasado, se aprobó justo en época de cambio de autoridades, por lo que la el inicio de aplicación y operatividad de esta política se vio truncada. Así que este acuerdo a pesar de ser positivo y vigente, no se ha dado inicio a la aplicación de procesos, proyectos, protocolos o lineamientos a los que hace referencia por la falta del marco legal y político que permita la ejecución de esta política.

Esta política de medicamentos en Guatemala se rige en 5 ejes, 

1. Garantía de la calidad y seguridad del medicamento

2. Financiamiento Estatal sostenible y Gestión eficiente

3. Accesibilidad

4. Uso Racional de Medicamentos 

5. Transparencia


El derecho a la salud y responsabilidad del gobierno

El derecho a la salud es un derecho humano, y también es un derecho constitucional, plasmado en el artículo 93 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

Además en el se establece que es obligación del Estado velar por este derecho, (ARTICULO 94. Obligación del Estado, sobre salud y asistencia social. El Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes. Desarrollará, a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.)

Y en el artículo 95 se dice que este debe ser un bien de acceso público.

Hablando del pacto del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cuando un Estado ratifica uno de los Pactos, acepta la responsabilidad solemne de aplicar cada una de las obligaciones que aquél impone y de asegurar de buena fe la compatibilidad de sus leyes nacionales con sus deberes internacionales. Por consiguiente, al ratificar los tratados de derechos humanos, los Estados se hacen responsables ante la comunidad internacional, ante otros Estados que han ratificado los mismos textos y ante sus propios ciudadanos y otras personas residentes en sus territorios.

En Guatemala estos pactos y las leyes a pesar de que se intenta y se dice que sean positivos y se apliquen, no lo son, la situación de país como tercermundista, es mala, hay carencias, falta de acceso y hay mucho que mejorar aún. No es solo culpa del Gobierno, hay muchos aspectos desde geográficos e incluso también la cultura de la sociedad influye en la situación actual.


El derecho a la salud y la relación con los objetivos del desarrollo sostenible

La llamada Agenda 2030, que contiene 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible(ODS), constituye la hoja de ruta del desarrollo global para los próximos años. Estos objetivos globales (y sus 169 metas) completan la agenda de los Objetivos de Desarrollo del Milenio pero van mucho más allá al incluir retos como el cambio climático, la desigualdad económica, el consumo sostenible, paz y justicia, entre otros. 

ODS 3: Salud y bienestar

El derecho a la salud tiene una posición central en la agenda a través del ODS 3, y está estrechamente relacionada con más de una docena de metas de otros objetivos, relacionadas con salud urbana, acceso a medicamentos y enfermedades no transmisibles, entre otros temas. De hecho, los ODS representan una oportunidad única para promover la salud pública a través de una estrategia integrada de políticas públicas en diferentes sectores (el enfoque “salud en todas las políticas”, planteado por la OMS). Por ejemplo, una mejor educación para niñas (meta 4.1) en Africa subsahariana mejoraría la salud materna (meta 3.1); reducir la malnutrición (meta 2.2) mejoraría la salud infantil (meta 3.2); y garantizar acceso a agua potable (meta 6.1) o aire limpio (meta 11.6) tendrá un impacto sobre varias metas de salud. Por otro lado, usar carbón para mejorar el acceso a energía (ODS 7) tendría un impacto negativo sobre la salud. Por lo tanto, el cumplimiento de las metas de salud requerirá una coherencia en políticas para reforzar sinergias entre ciertos ODS y minimizar efectos negativos.  


 Otros derechos con los que está interrelacionada la salud

El derecho al “grado máximo de salud que se pueda lograr” exige un conjunto de criterios sociales que propicien la salud de todas las personas, entre ellos la disponibilidad de servicios de salud, condiciones de trabajo seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El goce del derecho a la salud está estrechamente relacionado con el de otros derechos humanos tales como los derechos a la alimentación, la vivienda, el trabajo, la educación, la no discriminación, el acceso a la información y la participación.


Consecuencias de la situación que se vive actualmente

En Guatemala aún no se alcanza el nivel máximo de salud para toda la población y las violaciones o la inobservancia de los derechos humanos pueden conllevar graves consecuencias sanitarios. 

Los grupos sociales vulnerables y marginados suelen tener menos probabilidades de disfrutar del derecho a la salud. Tres de las enfermedades transmisibles más mortíferas (paludismo, VIH/sida y tuberculosis) afectan desproporcionadamente a las poblaciones más pobres del mundo e imponen una carga tremenda a las economías de los países en desarrollo. Por otra parte, la carga de morbilidad por enfermedades no transmisibles, que con frecuencia se piensa que afectan a países de altos ingresos, está aumentando desproporcionadamente en los países y las poblaciones de bajos ingresos como el nuestro. 

Un ejemplo en nuestro país: las comunidades indígenas, están expuestos a mayores tasas de enfermedad y afrontan dificultades importantes para acceder a una atención sanitaria de calidad y asequible. Estos grupos registran tasas de mortalidad y morbilidad sustancialmente más altas que la población en general, a consecuencia de enfermedades no transmisibles tales como el cáncer, las cardiopatías y las enfermedades respiratorias crónicas. Las personas particularmente vulnerables a la infección por el VIH, incluidas las mujeres jóvenes, los hombres homosexuales y los consumidores de drogas inyectables, suelen pertenecer a grupos desfavorecidos y discriminados social y económicamente. Esos grupos vulnerables pueden ser víctimas de leyes y políticas que agravan la marginación y dificultan más aún el acceso a servicios de prevención y atención.

Por otra parte, cuando faltan camas de hospital, se suele dar de alta prematuramente a personas de esos grupos, lo que puede dar lugar a altas tasas de readmisión, y en ocasiones incluso a defunciones, y constituye también una violación de sus derechos a recibir tratamiento.

Asimismo, se suele denegar a las mujeres el acceso a servicios y atención de salud sexual y reproductiva, tanto en países en desarrollo así como el nuestro.. como en países desarrollados. Esta violación de los derechos humanos está profundamente arraigada en valores sociales relativos a la sexualidad de las mujeres.

Hay mucho que mejorar y cambiar, desde políticas y leyes, el papel y compromiso del estado, hasta nuestra misma cultura de la sociedad en la que hoy en día vivimos. y como profesionales de la salud es indispensable continuar en la búsqueda por hacer cumplir estos derechos.


Referencias

https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/human-rights-and-health#:~:text=El%20goce% 20del%20derecho%20a,salud%20abarca%20libertades%20y%20derechos

https://www.who.int/topics/sustainable-development-goals/targets/es/ 

https://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CESCR.aspx

http://copredeh.gob.gt/wp-content/uploads/Pacto-Internacional-de-Derechos-Econmicos-Sociales-y-Culturales.pdf

Comentarios

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

Bienvenidos